AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

PANAMÁ

PAÍS UNITARIO

INDICADORES SOCIOECONÓMICOS BÁSICOS

GRUPO DE RENTA: RENTA ALTA

MONEDA LOCAL: BALBOA PANAMEÑO (PAB)

POBLACIÓN Y GEOGRAFÍA

  • Superficie: 75 320 km2 (2018)
  • Población: 4,315 millones de habitantes (2020), un aumento del 1,7% anual (2015-2020)
  • Densidad: 57 habitantes / km2
  • Población urbana: 68,4% de la población nacional (2020)
  • Crecimiento de la población urbana: 2,1% (2020 en relación a 2019)
  • Capital: Ciudad de Panamá (26,1% de la población nacional, 2020)

DATOS ECONÓMICOS

  • PIB: 115.600 millones (dólares internacionales PPA actuales), es decir, 26.782 dólares por habitante (2020)
  • Crecimiento real del PIB: -17,9% (2020 en relación a 2019)
  • Tasa de desempleo: 12.1% (2021)
  • Inversión extranjera directa, entradas netas (IED): -2 155 (BoP, millones de USD corrientes, 2020)
  • Formación bruta de capital fijo (FBCF): 23,8% del PIB (2020)
  • IDH: 0,815 (muy alto), puesto 57 (2019)

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL MARCO DE GOBERNANZA MULTINIVEL

La República de Panamá es una república presidencialista. Según la Constitución de 1972 (modificada por última vez en 2004), el poder ejecutivo recae en el presidente y dos vicepresidentes, elegidos por sufragio popular directo para mandatos de cinco años. El primer vicepresidente actúa como jefe del ejecutivo en ausencia del presidente, y ambos tienen voto en el Consejo de Ministros. El poder legislativo reside en unaAsamblea Nacional legislativa unicameral (Asamblea Nacional), compuesta por 67 miembros, cada uno de los cuales tiene un suplente. Los miembros y sus suplentes son elegidos al mismo tiempo que las elecciones presidenciales, para mandatos de cinco años.

Panamá es un país unitario con un solo nivel de gobierno subnacional, compuesto por los municipios. El artículo 232 de la Constitución de 1972 reconoce la autonomía de los gobiernos municipales, y laLey nº 9-106 sobre Régimen Municipal de 1973 establece las categorías, la autonomía y la estructura municipales. Las primeras elecciones municipales se celebraron en 1984. También existen 10 provincias que actúan como entidades desconcentradas.

La primera ley de descentralización se introdujo en 2009 (Ley nº 37 Que Descentraliza la Administración Pública), para definir los principios fundamentales de la descentralización y la gobernanza local, establecer categorías de municipios y enumerar sus responsabilidades. Sin embargo, fue suspendida por el gobierno siguiente antes de su plena aplicación. La descentralización se reintrodujo en 2015, con la aprobación de la Ley nº 66, que actualizaba y modificaba la ley original. La Ley de Descentralización de 2015 pretendía desarrollar la capacidad municipal, aumentando los ingresos municipales con la expectativa de que los municipios obtuvieran nuevas competencias. También estableció una Secretaría Nacional de Descentralización (SND).

En 2013-2014 se elaboró elPlan Nacional de Desarrollo Integral de Pueblos Indígenas de Panamá, basado en un diálogo entre las comunidades indígenas panameñas, el gobierno, las Naciones Unidas y la Iglesia Católica, y que contempla la creación de un Consejo Nacional para el Desarrollo de las Comunidades Indígenas de Panamá. En julio de 2018 se creó el Consejo Nacional para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas (CNDIPI), adscrito al Ministerio de Gobierno, como órgano consultivo y deliberante sobre las políticas públicas dirigidas a los pueblos indígenas. Reúne a organismos estatales (centrales y municipales) y organizaciones tradicionales de los pueblos indígenas, con el objetivo de garantizar el respeto y vigencia de los Derechos Indígenas y la pluriculturalidad del Estado panameño. El Consejo es permanente y sus decisiones se incluyen en la implementación del Plan de Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas.

En diciembre de 2019 se aprobó un nuevoPlan Estratégico de Gobierno (PEG) hasta 2024. De acuerdo con lo establecido en la Ley 34 de 2008, cada administración, dentro de los primeros seis meses de su mandato, debe elaborar y aprobar un PEG enmarcado en los objetivos y metas que surjan del Acuerdo Nacional. El actual PEG incluye una estrategia económica y social compuesta por cinco pilares estratégicos: Buena Gobernanza; Estado de Derecho; Economía Competitiva y Generadora de Empleo; Lucha contra la Pobreza y la Desigualdad; Educación, Ciencia, Tecnología y Cultura. En materia de gobernabilidad multinivel, el PEG establece la creación de la Autoridad Nacional de Descentralización, que se concretó en septiembre de 2020, en cumplimiento de la Ley de Descentralización de 2015, para apoyar a los gobiernos municipales en la elaboración de los Planes Municipales de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, como instrumentos para la gestión integral del desarrollo económico local.

ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

NIVEL MUNICIPAL NIVEL INTERMEDIO NIVEL REGIONAL NÚMERO TOTAL DE SNG (2020)
81 Municipios (distritos)
Tamaño municipal medio:
53 269 hab.
81 81

DESCRIPCIÓN GENERAL: Panamá está dividida en un único nivel de gobierno subnacional, compuesto por 81 municipios autónomos (distritos).

El país también comprende trescomarcas indígenas semiautónomas, que no están incluidas en la tabla anterior: Embera, Kuna Yala y Ngäbe-Buglé. Estas tres comarcas regionales están divididas en asentamientos indígenas. En conjunto, los territorios indígenas están organizados por grupos étnicos y acogen a la mayoría de la población indígena de Panamá (alrededor del 12% de la población del país). La comarca de San Blas tiene una forma distinta de gobierno local encabezada por los líderes tribales.

NIVEL MUNICIPAL: Los 81 municipios incluyen dos comarcas locales indígenas incrustadas dentro de provincias que se consideran equivalentes a municipios (Kuna de Madungandi, en la provincia de Panamá, y Kuna de Vargandi, en la provincia de Darién). Entre 2015 y 2018 se crearon tres nuevos municipios (Almirante en 2015, Santa Fe en 2017 y Cloclesito en 2018). En los tres casos, los nuevos municipios corresponden a escisiones de otros municipios existentes (Almirante se separó de Changuinola, Santa Fe de Chepigana y Cloclesito de Donoso).

Cada municipio está gobernado por un alcalde (alcaldia), que hace cumplir las ordenanzas promulgadas por un consejo municipal de representantes de la comunidad, todos ellos elegidos directamente para mandatos de cinco años. Sin embargo, la Asamblea Nacional puede aprobar leyes que exijan el nombramiento de funcionarios municipales por el Presidente en determinadas circunstancias.

Los municipios de Panamá son grandes en comparación internacional: más de 53 000 habitantes en relación a los 10 331 habitantes de media en la OCDE en 2020. Sin embargo, el tamaño de la población varía significativamente de 1 411 habitantes en Taboga a 1,2 millones en Ciudad de Panamá. Sólo el 10% de los municipios panameños tienen menos de 5 000 habitantes frente al 41% en la OCDE, mientras que el 43% tienen más de 20 000 habitantes (frente al 33% de media en la OCDE).

Los municipios de Panamá se clasifican en cuatro categorías en función de su población y densidad. La mayor parte de los municipios se clasifican como semiurbanos (53 municipios, que representan aproximadamente el 65% de la población), 15 como urbanos (19% de la población), 11 como rurales (13%) y 2 áreas metropolitanas (que representan el 3% de la población). El umbral entre municipios rurales y semiurbanos es de 6.000 habitantes, entre semiurbanos y urbanos de 40.000 habitantes y entre urbanos y áreas metropolitanas es de 250.000 habitantes.

Los municipios se subdividen a su vez en corregimientos, a nivel submunicipal, de los que había un total de 695 en 2020. Cada corregimiento tiene su propio gobierno local, encabezado por un corregidor, y un consejo local (junta comunal) compuesto por el corregidor, el representante del corregimiento en el consejo municipal y otros cinco residentes seleccionados del distrito. Los corregimientos están representados tanto en el consejo municipal como en el consejo provincial. La capital de Panamá está compuesta por 26 corregimientos.

COOPERACIÓN HORIZONTAL: Según la Ley de Régimen Municipal de 1973, los municipios pueden agruparse en asociaciones que incluyan un consejo, una estructura administrativa y unahacienda propia (hacienda intermunicipal). Sin embargo, estas asociaciones son poco frecuentes y su aplicación está limitada por la falta de autonomía fiscal de los municipios. Paralelamente, las comarcas suelen cooperar entre sí en sectores como la educación y la sanidad. La cooperación entre comunidades indígenas y no indígenas es más limitada.

ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL ESTATAL: Existen 10 provincias a nivel regional que actúan como entidades desconcentradas del gobierno central. No tienen estatus de autogobierno. Cada provincia está dirigida por un gobernador, nombrado por el Presidente, y administrada por una Junta Territorial compuesta por representantes de cada ministerio competente (Art. 249 de la Constitución). Cada provincia tiene su propio Consejo Provincial, compuesto por un representante de cada corregimiento de la provincia, que actúa como órgano asesor del gobernador. Las provincias no tienen capacidad para generar ingresos propios y se encargan principalmente de ejecutar los planes y programas elaborados por el gobierno nacional. Sus gastos se financian directamente con cargo al presupuesto central, a través de los ministerios competentes, y se fijan anualmente. A partir de enero de 2014, los cinco antiguos distritos al oeste del Canal de Panamá se dividieron para formar la provincia de Panamá Oeste.

Existen grandes disparidades entre las provincias urbanas y rurales (especialmente Bocas del Toro y Los Santos) en cuanto a la prestación de servicios y las condiciones de vida, y aún mayores en lo que respecta a las comarcas, que son las zonas más desfavorecidas. Las últimas estimaciones indican que la población provincial en 2020 oscila entre el 1,4% de Darién, el 10,9% de Chiriquí y el 38,7% de Ciudad de Panamá, lo que plantea retos en términos de infraestructuras, comodidades y capacidad de prestación de servicios.


Responsabilidades de los gobiernos subnacionales

Panamá no cuenta con una ley específica de descentralización administrativa que defina y regule las competencias de los municipios frente al gobierno central. El gobierno central adoptó un enfoque asimétrico para la descentralización de competencias hacia los municipios, a partir de la ley nº 37 de 2009 de Descentralización de la Administración Pública. La ley adoptó un enfoque gradualista y permitió la transferencia de competencias a las autoridades locales sobre la base de un proceso de acreditación, bajo la supervisión de la Secretaría de Descentralización. Este enfoque se mantuvo con la ley nº 66 de 2015 (que modificó la legislación de 2009). Además, la nueva ley mejoró la capacidad de inversión local y promulgó una lista de responsabilidades adicionales que podían transferirse a los municipios que recibieran transferencias procedentes de la recaudación del impuesto sobre bienes e inmuebles, que iban desde el mantenimiento y la mejora de la educación, la sanidad y la prestación de servicios básicos.

En general, los municipios son responsables de una serie de servicios públicos divididos en tareas específicas: servicios públicos urbanos, transporte público, seguridad y protección, educación pública y cultura, servicios sanitarios y provisión pública. El PEG 2019-2024 propuso reforzar las competencias de los gobiernos locales en materia de recogida, gestión y eliminación de residuos sólidos urbanos y domésticos. Sin embargo, a pesar de su estatus autónomo, en la práctica, las responsabilidades de los municipios se concentran en los servicios urbanos generales y la educación, y existen importantes disparidades en su capacidad para prestar servicios públicos. Por ejemplo, la asistencia médica en Panamá está organizada de forma semidescentralizada, con el Ministerio de Salud en el centro del sistema y 14 regiones sanitarias repartidas por todo el territorio panameño, encargadas de aplicar la política sanitaria procedente del nivel central y de gestionar los servicios sanitarios a nivel local. En esta configuración, los municipios no desempeñan ningún papel relevante.

Principales ámbitos y subámbitos de responsabilidad

ÁMBITOS Y SUBÁMBITOS Municipios
1. Servicios públicos generales (administración) Cementerios
2. Orden público y seguridad Seguridad ciudadana; Prevención de incendios
3. Asuntos económicos/transporte Vías públicas; Aparcamientos y terminales de transporte; Mataderos públicos y mercados públicos; Apoyo al sector agrícola; Infraestructuras turísticas
4. Protección del medio ambiente Parques y jardines; Protección del medio ambiente; Recogida, gestión y eliminación de residuos sólidos; Servicios de reciclaje
5. Vivienda y servicios comunitarios Zonificación; Permisos de construcción; Autorización de alumbrado público; Servicios de telecomunicaciones; Suministro de agua potable
6. Salud Centros de salud
7. Cultura y ocio Campos de deporte, zonas de recreo; Servicios de biblioteca
8. Educación Escuelas preescolares; Comedores escolares; Construcción de aulas (apoyo)
9. Protección social Asistencia social; Cuidado de ancianos; Orfanato


Finanzas públicas subnacionales

Alcancede los datos financieros: Municipios y corregimientos. Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá Disponibilidad de datos financieros:
Alta
Calidad/fiabilidad de los datos financieros:
Media

INTRODUCCIÓN GENERAL: Los marcos fiscales y financieros subnacionales en Panamá definen un alto grado de centralización. La Constitución y la Ley de Régimen Municipal de 1973 otorgan a los municipios el derecho a recibir ingresos por concepto de impuestos, multas y tasas, sin embargo cuentan con pocos recursos y su autonomía fiscal es limitada. La Ley de Descentralización de 2015 supuso un aumento de la financiación municipal, con el objetivo de dotarles de mayores responsabilidades en materia de inversión y prestación de servicios públicos, mediante la creación de dos fondos municipales para inversiones y gastos corrientes, incluyendo un mecanismo de igualación para la solidaridad intermunicipal, así como de Oficinas Fiscales en cada municipio, para facilitar la recaudación de impuestos y la regulación a nivel local. Sin embargo, las autoridades locales disponen de una autonomía mínima en materia de gastos.

Para mejorar la rendición de cuentas de los municipios y corregimientos al gobierno central y a los ciudadanos, se están implementando nuevas herramientas tecnológicas (GRP - Recursos de Planificación Gubernamental, para los corregimientos, y SIDEM - Sistema Integral de Descentralización, para los municipios y corregimientos). A partir de 2017, 30 municipios cuentan con un sistema financiero, contable y administrativo integrado digitalmente, con el que pueden automatizar sus procesos de gestión y atención al contribuyente.

Gasto de los gobiernos subnacionales según la clasificación económica

2020 Dólares PPA / habitante % PIB % gobierno general % gobierno subnacional
Gasto total 126 0.5% 1.4% 100%
Incl. gastos corrientes 103 0.4% 1.3% 81.9%
Gastos de personal 54 0.2% 1.9% 43.0%
Consumo intermedio 21 0.1% 1.3% 17.0%
Gastos sociales 0 0.0% 0.0% 0.0%
Subvenciones y transferencias corrientes 22 0.1% 0.9% 17.7%
Gastos financieros 6 0.0% 0.5% 4.3%
Otros 0 0.0% - 0.0%
Incl. gastos de capital 23 0.1% 1.8% 18.1%
Transferencias de capital 9 0.0% 1.1% 7.5%
Inversión directa (o FBCF) 13 0.0% 3.7% 10.6%

Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del gasto del gobierno general

  • Gasto total
  • Gastos de personal
  • Gastos sociales corriente
  • Inversión directa
  • 1.4%
  • 1.9%
  • caché
  • -
  • caché
  • caché
  • caché
  • caché
  • 3.7%
  • 0%
  • 1%
  • 2%
  • 3%
  • 4% 5%

Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del PIB

  • Gastos de personal
  • Consumo intermedio
  • Gastos sociales corriente
  • Subvenciones y otras transferencias corrientes
  • Gastos financieros + otros gastos corrientes
  • Gastos de capital
  • 1% 0,8%
  • 0,6%
  • 0,4%
  • 0,2%
  • 0%
  • caché
  • 0.2%
  • 0.08%
  • 0.08%
  • 0.09%

Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del gasto del gobierno general

  • Gasto total
  • Gastos de personal
  • Gastos sociales corriente
  • Inversión directa
  • 1.4%
  • 1.9%
  • caché
  • 0%
  • caché
  • caché
  • caché
  • caché
  • 3.7%
  • 0%
  • 1%
  • 2%
  • 3%
  • 4% 5%

Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del PIB

  • Gastos de personal
  • Consumo intermedio
  • Gastos sociales corriente
  • Subvenciones y otras transferencias corrientes
  • Gastos financieros + otros gastos corrientes
  • Gastos de capital
  • 1% 0,8%
  • 0,6%
  • 0,4%
  • 0,2%
  • 0%
  • caché
  • 0.2%
  • 0.08%
  • 0.08%
  • 0.09%

GASTOS: Los municipios en Panamá representan una parte muy limitada del gasto público total (1,4%) y del PIB (0,5%), muy por debajo de la media de la OCDE para los países unitarios (27,5% del gasto público y 12,7% del PIB en 2020), y también lejos de muchos otros países latinoamericanos (por ejemplo, en Chile, uno de los países más centralizados de la OCDE, los ingresos por SNG representaban el 4% del PIB y el 15,1% del gasto público total en 2020).

Los gastos locales se distribuyen de forma desigual entre los municipios, ya que los seis municipios situados en la provincia de Panamá fueron responsables del 68% de todos los gastos municipales en 2020. En términos de gasto per cápita, oscilaban entre una media de 11 PAB en las comunidades de Ngable Buglé y una media de 115 PAB para las de la provincia de Panamá.

INVERSIÓN DIRECTA: En general, la inversión municipal en Panamá es muy baja y sólo representaba el 3,7% de la inversión pública total en 2020, muy por debajo de la media de la OCDE para los países unitarios (48,9%). La inversión municipal difiere mucho entre municipios y provincias: ascendió a alrededor del 2% del gasto municipal para los municipios de las provincias de Herrera, Bocas del Toro, Darién y Los Santos, mientras que representó el 12% del gasto para los municipios de la provincia de Panamá. En general, la inversión local se concentra en los municipios de la provincia de Panamá, que representaron el 86% de la inversión local total en 2020).

Los municipios obtienen la financiación de las inversiones de los fondos transferidos por el gobierno central y deben presentar su plan de inversiones primero a los ciudadanos para su consulta y después a la Secretaría Nacional de Descentralización para su aprobación.

Más recientemente, Panamá promulgó la Ley No. 93 del 19 de septiembre de 2019 sobre Asociaciones Público Privadas (Ley APP), en un esfuerzo por impulsar la inversión en infraestructura y la creación de empleo, así como abordar las necesidades actuales de infraestructura pública. La Ley de APP permitirá que el Estado, las entidades autónomas, las empresas estatales de participación mayoritaria y los municipios, salvo ciertas entidades gubernamentales excluidas, previa licitación pública, celebren convenios con socios privados, para el diseño, construcción, reparación, financiamiento, explotación, desarrollo, operación y/o mantenimiento de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, previamente identificados por el Consejo de Gabinete o que hubiesen sido incluidos en el Plan Quinquenal de Inversiones de la República.

Gasto público subnacional por clasificación funcional

ⓘ No se dispone de datos detallados sobre este país

Los gobiernos subnacionales de Panamá contribuyen principalmente al gasto público en los ámbitos de los servicios urbanos generales y la educación, con algunas responsabilidades en salud pública, recreación y cultura y transporte. Tienen un número limitado de servicios y responsabilidades en comparación con otros países, en particular en el campo de la educación, que está muy centralizado, siendo el Ministerio de Educación el órgano rector del sistema. A nivel regional, las Direcciones Regionales de Educación operan con autonomía funcional y administrativa y su propia estructura organizativa, aun cuando deben aplicar la normativa dictada por el Ministerio a nivel central. Asimismo, la cuantía de su contribución varía según los municipios y se determina a nivel nacional en función de su población y nivel de desarrollo socioeconómico.

Ingresos de los gobiernos subnacionales por categoría

2020 Dólares PPA / habitante % PIB % gobierno general % gobierno subnacional
Ingresos totales 124 0.5% 1.7% 100%
Ingresos fiscales 59 0.2% 2.9% 47.8%
Donaciones y subvenciones 45 0.2% - 36.6%
Tarifas y tasas 7 0.0% - 5.6%
Ingresos provenientes de los activos 3 0.0% - 2.4%
Otros ingresos 9 0.0% - 7.6%

% de ingresos por categoría

  • 75% 60%
  • 45%
  • 30%
  • 15%
  • 0%
  • 47.8%
  • 36.5%
  • 5.6%
  • 2.4%
  • 7.6%
  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos

Ingresos del SNG por categoría en % del PIB

  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos
  • 1% 0,8%
  • 0,6%
  • 0,4%
  • 0,2%
  • 0%
  • 0.22%
  • 0.17%

% de ingresos por categoría

  • 75% 60%
  • 45%
  • 30%
  • 15%
  • 0%
  • 47.8%
  • 36.5%
  • 5.6%
  • 2.4%
  • 7.6%
  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos

Ingresos del SNG por categoría en % del PIB

  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos
  • 1% 0,8%
  • 0,6%
  • 0,4%
  • 0,2%
  • 0%
  • 0.22%
  • 0.17%

DESCRIPCIÓN GENERAL: Los ingresos municipales en Panamá son muy bajos (1,7% de los ingresos públicos totales), y su participación en el PIB y en los ingresos públicos totales está muy por debajo del promedio de la OCDE para los países unitarios (respectivamente 12,7% del PIB y 27,5% de los ingresos públicos en 2020). La mayor parte de los ingresos municipales proceden de los ingresos fiscales (47,8%), que son elevados en comparación internacional (en los países unitarios de la OCDE, los ingresos fiscales representaron por término medio el 35,4% de los ingresos públicos en 2020), mientras que las subvenciones y los subsidios representaron el 36,6% de los ingresos locales (frente al 53,3% de media en los países unitarios de la OCDE).

Los ingresos de los gobiernos subnacionales han aumentado desde 2014, y especialmente en 2015 con la reintroducción de la Ley de Descentralización. Este aumento se expresó en una disminución de la parte de los ingresos fiscales en los ingresos municipales, debido a la introducción de subvenciones, y en particular de subvenciones corrientes, en los presupuestos municipales, a menudo destinadas a usos específicos. Antes de la Ley de Descentralización de 2015, las subvenciones y ayudas sólo representaban el 6% de los ingresos de los gobiernos subnacionales.

También existen fuertes disparidades en términos de ingresos municipales entre provincias, ya que los municipios situados en la provincia de Panamá concentraron el 65% de los ingresos municipales totales en 2020.

INGRESOS FISCALES: Los ingresos fiscales son la principal fuente de ingresos municipales en Panamá, pero representan una parte baja de los ingresos fiscales nacionales. Representan el 2,9% del total de los ingresos fiscales públicos y el 0,2% del PIB en 2020 (frente al 18,7% de los ingresos fiscales públicos y el 4,5% del PIB en los países unitarios de la OCDE como media).

Según los artículos 242-243 de la Constitución, los ingresos fiscales municipales se componen exclusivamente de impuestos de fuente propia (no existe un sistema de reparto de impuestos). El desarrollo de los impuestos municipales se encuentra también en la ley nº 106 de 1973, modificada en 1984, y en la ley nº 38 de 2000 para la ciudad de Panamá. Cada municipio tiene su propio Código Fiscal (Régimen Impositivo). Los impuestos sobre las actividades comerciales son la principal fuente de ingresos fiscales, representando el 62% de los ingresos fiscales municipales en 2020, seguidos de otros impuestos locales que incluyen los impuestos sobre la construcción y las actividades industriales, el impuesto sobre las bebidas alcohólicas y sobre el ganado (mataderos), que se paga al municipio de origen del animal. El impuesto sobre bienes inmuebles, al contrario que en la mayoría de los países, se paga a nivel central, pero luego se reasigna a los municipios a través de fondos, a pesar de que la Ley de Descentralización de 2015 establecía que los municipios recaudarían los impuestos sobre la propiedad y los bienes inmuebles.

Existen fuertes disparidades entre los municipios: a modo de ejemplo, los ingresos fiscales sólo representan el 7,4% de los ingresos municipales en Ngabe Buglé, frente al 70% de los municipios de Bocas del Toro, en 2020.

DONACIONES Y SUBVENCIONES: En Panamá no existe un marco jurídico concreto que regule las transferencias del gobierno central a los gobiernos subnacionales. De hecho, a menudo se dejan a discreción del presidente, lo que las hace impredecibles. La mayoría de estas transferencias se destinan a usos específicos. En 2020, el 92% de las subvenciones transferidas a municipios y corregimientos fueron subvenciones corrientes y el 8% subvenciones de capital. Además, los ingresos por subvenciones varían significativamente entre jurisdicciones, ya que en 2020 representaban sólo el 4,5% de los ingresos de los municipios de Panamá Oeste, frente al 71,3% de las comunidades de Ngabe Buglé.

La Ley de Descentralización de 2015 estableció dos fondos municipales, en sustitución del antiguo Programa Nacional de Desarrollo Local (Pronadel). El primer fondo procede de los impuestos sobre la propiedad y los bienes inmuebles recaudados a nivel del gobierno central por el Ministerio de Economía y Finanzas (Fondo del Impuestos de Inmuebles - IBI). A través de este fondo, se asigna una cantidad mínima de 500.000 PAB a cada municipio, en forma de pagos trimestrales, bajo la supervisión de la Secretaría de Descentralización, que aplica una "fórmula de solidaridad" que busca equiparar a los municipios que reciben menos de 500.000 PAB de asignación bruta. Esta fórmula se obtiene a través de la suma total de todas las asignaciones superiores a 500.000 PAB y que permiten identificar a los municipios con capacidad de contribuir a la solidaridad. La cantidad mínima de 500.000 PAB que se transfiere a los municipios se revisa cada dos años y dicho valor puede aumentarse pero no disminuir con respecto al valor anterior. Los municipios urbanos tienen derecho a utilizar el 90% de este fondo para inversiones en infraestructuras duras, destinadas a los servicios municipales y a sectores específicos definidos por la ley (carreteras, alumbrado, agua, electricidad), mientras que el 10% restante puede utilizarse para gastos administrativos corrientes. Para las demás categorías de municipios, la proporción es del 75% para la inversión en infraestructuras duras y del 25% para la capacidad administrativa. Por último, el 1% de los fondos transferidos a cada municipio se destina a la Asociación de Municipios de Panamá. El fondo tiene un componente de igualación, con un fondo de solidaridad (Fondo Solidario) compuesto por recursos de los municipios que reciben mayores ingresos del impuesto sobre la propiedad y los bienes inmuebles, que luego se reasignan a los municipios por debajo del umbral de 500.000 PAB.

Además, los corregimientos reciben transferencias a través delPrograma de Obras Públicas y de Servicios Municipales, lo que corresponde a una transferencia de 110 000 USD a cada junta comunal. El 70% de estas transferencias puede utilizarse, previa consulta ciudadana, para proyectos de inversión, y la cantidad restante para funciones administrativas y operativas.

OTROS INGRESOS: Los municipios pueden generar ingresos a partir de tarifas y tasas por la prestación de servicios públicos, multas, ingresos procedentes de terrenos públicos, propiedades o bienes municipales, la extracción de recursos naturales (madera, arena, piedra, arcilla, coral, etc.) y derechos sobre espectáculos públicos. Los aranceles, las tasas y los ingresos por propiedades representaron el 8,0% de los ingresos municipales en 2020, y otros ingresos el 7,6% restante.

Normas presupuestarias y deuda de los gobiernos subnacionales

ⓘ No se dispone de datos detallados sobre este país

NORMAS PRESUPUESTARIAS: Panamá introdujo una ley de responsabilidad fiscal para el sector público no financiero en su conjunto en 2002, aunque fue modificada entre 2008 y 2014. Establece un límite al nivel de deuda pública y restringe la expansión del déficit del sector público. Los gobiernos subnacionales están sujetos a la revisión fiscal de la Contraloría General de la República. Actualmente se está intentando crear un consejo fiscal para promover la rendición de cuentas y el debate público sobre la política fiscal.

DEUDA: Los municipios panameños no tienen acceso a préstamos propios. A nivel de las administraciones públicas, la deuda pública de Panamá representaba el 59,8% del PIB en 2020. La relación deuda pública/PIB ha aumentado considerablemente en los últimos años, y más recientemente debido principalmente a la pandemia del COVID-19, y ha superado el límite establecido por la regla fiscal (40% del PIB), aunque sigue siendo significativamente menor en comparación con su pico en 1994 (82% del PIB).



El impacto de la crisis COVID-19 en la organización y las finanzas de los gobiernos subnacionales

GESTIÓN TERRITORIAL DE LA CRISIS: Panamá inició el manejo de la pandemia antes de la detección del primer caso (9 de marzo de 2020), lo que permitió aplicar rápidamente medidas como la suspensión de clases, estrictas medidas regulatorias en la frontera, la ley de teletrabajo (promulgando la obligación de trabajar desde casa para todas las profesiones que puedan hacerlo), ley seca (promulgando la prohibición de vender y consumir alcohol) junto con cuarentena total, restricciones de movilidad, entre otras. El 23 de enero de 2020, el gobierno central activó el Centro de Operaciones de Emergencia Sanitaria (CODES), cuya función era vigilar la situación sanitaria del país y recomendar acciones al gobierno en respuesta a la pandemia. El CODES, dirigido por el Ministerio de Sanidad, fue el principal organismo encargado de poner en marcha el Plan Estratégico y Operativo Nacional, que comenzó el 28 de enero de 2020. Entre el 17 y el 21 de febrero comenzó la implementación del Plan Nacional de Comunicación de Riesgos y Participación Comunitaria, en conjunto con las autoridades provinciales y distritales. El estado de emergencia fue declarado el 13 de marzo de 2020, dos meses después del inicio de los trabajos del CODES.

Teniendo en cuenta que tanto el Ministerio de Salud como la atención médica en Panamá están organizados de forma semidescentralizada (14 regiones sanitarias en todo el territorio panameño), la gestión de la respuesta sanitaria se implementó de forma descentralizada. Por un lado, para hacer frente al aumento previsto de casos, se descentralizaron progresivamente las pruebas instalando capacidades en la ciudad de David (Chiriquí), más tarde, en la ciudad de Santiago (Veraguas), y luego en Azuero. Por otro lado, el gobierno central creó rápidamente Centros Comunitarios de Operaciones de Control de Trazabilidad (COCYTC) en las 14 regiones sanitarias, integrados por los Ministerios de Seguridad, Salud, Desarrollo Social y Gobernación, la Caja de Seguro Social y los gobiernos municipales, con el objetivo de diseñar y orientar las intervenciones de trazabilidad viral en el país a nivel de las regiones sanitarias. A nivel regional, también se implementaron Centros Regionales de Trazabilidad para coordinar las acciones de los equipos de trazabilidad.

MEDIDAS DE EMERGENCIA SUBNACIONALES PARA HACER FRENTE A LA CRISIS: La primera medida de respuesta económica a la emergencia se tomó el 30 de marzo de 2020, con la puesta en marcha del plan "Panamá Solidario". El plan consistió en la entrega de vales y cajas de alimentos a trabajadores informales, desempleados y personas cuyos trabajos fueron suspendidos debido a la pandemia. La distribución de la ayuda corrió a cargo de funcionarios del gobierno local, sin transparencia ni mecanismos de rendición de cuentas. Asimismo, se llevó a cabo una emisión de bonos por valor de 2.500 millones de dólares, para financiar el Presupuesto Nacional. Esta operación convirtió a Panamá en el primer país de América Latina en acceder con éxito al mercado internacional, en plena pandemia.

Algunos gobiernos locales promovieron el uso de herramientas digitales para garantizar la continuidad de los servicios públicos durante la pandemia. El Municipio de Panamá, el más grande del país, habilitó un conjunto de trámites municipales y medios de pago digitales para pagar impuestos, obtener la Certificación del Historial Vehicular, solicitar la entrega de una placa a domicilio, etc, como parte de las acciones de prevención adoptadas para evitar la propagación del COVID-19. El Municipio de Panamá también lanzó el "Plan de salud mental y bienestar ocupacional ante la pandemia del COVID-19 para servidores públicos municipales de la Alcaldía de Panamá", con el objetivo de establecer intervenciones oportunas en las áreas de salud mental y bienestar, a través de la atención psicológica clínica y de trabajo social mediante el uso de las TIC (salud mental teleasistida). La iniciativa identifica problemas de salud mental, sensibiliza sobre el uso de equipos de protección de la salud, cuidado personal y autocuidado, estrategias de afrontamiento y apoyo emocional.

También se realizaron esfuerzos de comunicación por parte de las autoridades locales, incluyendo gobernadores, alcaldes y representantes, con el fin de sensibilizar a los ciudadanos para que asuman una actitud responsable frente al COVID-19. Una de estas experiencias se ha desarrollado en el Corregimiento de Don Bosco, en el Distrito de Panamá, en el que sus autoridades, ante la emergencia provocada por la pandemia, activaron sus redes de comunicación comunitarias y virtuales, incluyendo las redes sociales. Por un lado, sus enlaces comunitarios ayudaron a identificar las necesidades locales y transmitirlas a las autoridades, pero también a llegar a las personas y familias necesitadas. En el distrito de Pedasí, provincia de Los Santos, una zona predominantemente turística del país, se creó el grupo humanitario Pedasí para proporcionar alimentos y otros suministros a las personas y familias necesitadas, con el fin de garantizar su bienestar en un momento en que las actividades económicas estaban completamente paralizadas.

EFECTOS DE LA CRISIS EN LAS FINANZAS DE LOS GOBIERNOS SUBNACIONALES: Las finanzas públicas municipales se vieron fuertemente afectadas por la pandemia. Los ingresos municipales totales cayeron un 27% entre 2019 y 2020. Todos los componentes de los ingresos municipales registraron descensos en 2020. Las dos principales fuentes de financiación, a saber, los ingresos fiscales y las subvenciones y subsidios, cayeron un 21% y un 32% respectivamente.

Por su parte, los gastos municipales también tuvieron que ajustarse en el contexto sanitario, pero se vieron menos afectados que los ingresos. En efecto, los gastos registraron una caída del 17% entre 2019 y 2020, impulsados principalmente por el importante descenso de las inversiones directas, que cayeron un 66%, y en mucha menor medida por la disminución de los gastos de personal, que cayeron un 6%. El único componente del gasto que registró un aumento fueron las subvenciones y ayudas, que aumentaron un 25%.

PLANES DE ESTIMULACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL: En un horizonte de mediano y largo plazo, Panamá alcanzó un acuerdo con el Banco Mundial para un nuevo Préstamo de Política de Desarrollo con Opción de Retiro Diferido por Catástrofe en marzo de 2022 por US 100 millones, para fortalecer la agenda de reducción de riesgo de desastres en el país. En este marco, se creó una donación para promover el desarrollo territorial a través de actividades climáticamente inteligentes en áreas rurales, y otra donación para apoyar la gobernabilidad en la gestión de infraestructura pública.

Adicionalmente, el Banco Mundial también otorgó en diciembre de 2020, un nuevo Préstamo para Políticas de Desarrollo (DPF de Respuesta a la Pandemia y Recuperación del Crecimiento de Panamá, por un valor de 300 millones de dólares), que incluyó acciones de política para proteger el capital humano durante la pandemia, particularmente para las poblaciones rurales e indígenas vulnerables, así como políticas que buscan fortalecer las instituciones para combatir el lavado de dinero, mejorar la gestión fiscal e implementar la agenda de Alianzas Público Privadas (APP) iniciada con la Ley de APP de 2019.

Bibliografía


Indicadores socioeconómicos

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Indicadores de desarrollo mundial Banco Mundial
Perspectivas de la población mundial Naciones Unidas
Estadísticas demográficas y sociales Naciones Unidas
Tasa de desempleo por sexo y edad ILOSTAT
Índice de Desarrollo Humano (IDH) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo; Informes sobre Desarrollo Humano
Instituto Nacional de Estadística y Censo Instituto Nacional de Estadística y Censo

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Datos financieros

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Estadísticas de ingresos de la OCDE Panamá OCDE
Tesoro público - Año 2020 INEC

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Otras fuentes de información

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El Banco Mundial en Panamá Banco Mundial 2022
Impuesto sobre bienes inmuebles Contralor Panamá 2022
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El Directorio Ejecutivo del FMI aprueba una línea de precaución y liquidez de 2.700 millones de dólares para Panamá para hacer en relación a la pandemia del COVID-19 FMI 2021
Panamá - Sistema político electoral CEPAL 2021
Informe trimestral - Situación, evolución y riesgo del financiamiento público de la República de Panamá MEF Panamá 2021
La Organización Panamericana de la Salud en acción: La respuesta integrada y colaborativa de Panamá al COVID-19 Organización Panamericana de la Salud 2021
La Organización Panamericana de la Salud en acción: La respuesta integrada y colaborativa de Panamá al COVID-19 Organización Panamericana de la Salud 2021
Quienes Somos Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo 2021
PLAN OPERATIVO NACIONAL DEL SISTEMA SANITARIO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL NUEVO CORONAVIRUS - (2019-ncov) ENERO - 2020 Ministerio de Salud Panamá 2020
Medidas especiales de los gobiernos de Centroamérica en relación con COVID-19 EY 2020
Población por provincia y distrito Minerpa - BID 2020
El MEF organiza las finanzas públicas y mantiene una estrategia eficaz contra Covid-19 MEF Panamá 2020
Panamá recibirá 50 millones de dólares de la CAF para responder a COVID-19 CAF 2020
La respuesta de Panamá al coronavirus no debe afectar al orden constitucional Consejo Atlántico 2020
Planificación territorial Cámara Panameña de la Construcción 2020
Plan Estratégico de Gobierno de Panamá 2019-2024 CEPAL 2019
Plan Estratégico de Gobierno de Panamá 2019-2024 CEPAL 2019
Distritos y Corregimientos 2019 -2024 AMUPA Panamá 2019
Plan Nacional de Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas de Panamá ONU 2018
Decreto No. 203 - Crea el Consejo Nacional para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas. ONU 2018
Panamá indígena encuentra su voz Banco Mundial 2018
Proyecto Municipios Digitales Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental - Panamá 2017
Ley 39 Asamblea Nacional 2015
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